PRECAMPAÑAS Y COALICIONES

Isidoro Yescas

1.Por vez primera las elecciones locales en Oaxaca estarán sujetas a nuevas disposiciones, en su mayoría derivadas de los cambios introducidos a la legislación federal en el 2007.
Una de las novedades, ya aplicadas en la reciente elección federal, será que en ésta ocasión se abrirá un período de precampañas, cuya fecha de inicio deberá ser determinada en la última semana de diciembre por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral.
¿Esto significa que los días que restan de julio, y los meses de agosto hasta las tres primeras semanas de diciembre, está abierta la posibilidad de realizar actividades de proselitismo por parte de aspirantes a cargos de elección popular, partidos políticos y autoridades de los tres niveles de gobierno?
Si y no. De acuerdo a lo que establece el artículo 146 del CIPPEO no está permitido realizar ACTIVIDADES PROPAGANDÍSTICAS Y PUBLICITARIAS con propósitos electorales antes del inicio formal de las precampañas. Pero dicha disposición no hace alusión a otras MODALIDADES DE PROSELITISMO como giras de trabajo, asambleas de ciudadanos con autoridades gubernamentales etc. por lo que es muy probable que estas omisiones puedan ser aprovechadas por algunos partidos y aspirantes para darle la primera vuelta al distrito electoral, el municipio o a todo el territorio de Oaxaca.
Si tomamos en cuenta que el proceso electoral que habrá de concluir con la elección de gobernador, diputados locales y autoridades municipales se inicia formal y legalmente en la segunda semana de noviembre, en el supuesto de que se registrara alguna irregularidad de este tipo ¿ante qué autoridad electoral debería acudir la parte inconforme? Es duda cartesiana.
2. El otro tema que ha tenido ocupados a los dirigentes de los partidos de oposición, luego de la derrota del 5 de julio, es el tema de la coalición electoral, punto en el que el CIPPEO es muy puntual en cuanto a tiempos y condiciones. Por ejemplo, el artículo 156 establece que los partidos políticos deben registrar su plataforma electoral ante el IEE en los últimos 10 días de enero del año de la elección (2010) y al momento de hacerlo deben también notificar al órgano electoral su intención de coaligarse.
Esto quiere decir que los partidos que han expresado su interés para ir en coalición en las elecciones del 2010 disponen de menos de seis meses para agotar el difícil y complejo proceso que los puede conducir a un pacto político-electoral similar al del 2004 o contender por separado. Esto en forma independiente a la solicitud de convenio de coalición que debe presentarse 30 días antes de que se inicien las precampañas,lo que también acorta los tiempos para tal propósito suponiendo que las citadas precampañas se inicien en la segunda mitad de marzo.
En síntesis,el plazo fatal para ir o no en coalición se reducen a un período que técnicamente apenas sumarían cinco meses , todo lo cual debe obligar a las dirigencias nacionales y estatales de los partidos interesados, a definir en el menor tiempo posible una agenda político-electoral, que necesariamente debe incluir una plataforma electoral consensuada , un programa de gobierno, el nombre del candidato a gobernador y diputados locales y, antes que nada, a un proceso de acercamiento y auscultación con organizaciones de la sociedad civil, si realmente pretenden en esta ocasión modificar reglas, procedimientos y prioridades.
3. En el PRI estas disposiciones y las demás que forman parte del nuevo cuerpo normativo del CIPPEO, son hasta cierto punto secundarias por ahora si se toma en cuenta que en este partido no es el proceso formal y legal el que tiene mas peso para definir su agenda electoral, ni para decidir el nombre de los candidatos a cargos de elección popular , sino los tiempos, ritmos y preferencias personales del gobernante en turno.
En este sentido es muy probable que cuando el Consejo General del IEE acuerde la fecha para las precampañas, ya en el PRI esta etapa solamente servirá para cubrir un trámite ya resuelto de antemano por el Gran Elector. En otras palabras, en un escenario de una sucesión adelantada como la que vive Oaxaca, es casi un hecho que el nombre del candidato a gobernador estará definido antes del mes de febrero.
Después vendrán las formalidades estatutarias y legales: que si elección directa o convención de delegados; convocatoria para registro de precandidatos; precampañas; acuerdo de ir solos o en coalición ,etc.
Todo la formalidad será ya parte de una película ya vista en otros procesos internos y que por ahora no parece que cambie de formato ni ofrezca muchas sorpresas.
Noticias, julio 20 del 2009.

Comentarios

Entradas populares